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INM Debe dar a Conocer Número de Migrantes Fallecidos por Violencia

*Ordena el INAI.

Ciudad de México; 14 de Agosto.- El Instituto Nacional de Migración (INM) debe dar a conocer el número de muertes por violencia en México contra personas migrantes, originarias de países de América Latina, el Caribe y África que hayan atravesado por el territorio nacional para llegar a Estados Unidos o hayan decidido quedarse a vivir en la república entre 2012 y 2021.
Así lo ordenó el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai), tras atender el recurso de revisión de un particular, quien solicitó esos datos los cuales le fueron negados bajo el argumento de ser «información inexistente».
Al presentar el asunto ante el Pleno, el Comisionado Francisco Javier Acuña Llamas enfatizó que, se trata de información de interés público, y advirtió que, al declararla inexistente, «se niega el derecho de acceso a la información establecido en la Constitución y las leyes, y se quiebra el Estado de Derecho».
«Tristemente en un país tan violento como es México, en el que la delincuencia organizada y la desorganizada actúan de manera infame e inmisericorde, todos los días sabemos que, en todas las latitudes de todos los Estados, hay saldos de muerte, salvo algunos Estados que se consideran invictos; tristemente en un país como el nuestro, con estas características, se antoja absolutamente inverosímil, falaz, que conteste el Instituto Nacional de Migración que no tiene información al respecto», expuso Acuña Llamas.
Al analizar el caso, la ponencia del Comisionado Francisco Javier Acuña Llamas advirtió que el sujeto obligado y sus áreas, sí cuentan con atribuciones para conocer de lo requerido.
Por ese motivo, el Pleno del Inai revocó la respuesta del INM y le instruyó entregar la información sobre las muertes con violencia en México de personas migrantes originarias de países de América Latina, el Caribe y África que hayan atravesado por el territorio nacional para llegar a Estados Unidos o hayan decidido quedarse a vivir en la República, entre 2012 y 2021.
El sujeto obligado debe detallar si las personas migrantes se encontraban en tránsito o se habían asentado en alguna localidad mexicana; desglosar la información por nacionalidad, sexo, edad y ocupación; lugar y circunstancias de la defunción e indicar si se iniciaron carpetas de investigación, así como el posible seguimiento de los familiares y el destino final de los cuerpos de las víctimas, entre otros datos. Sun

 

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