sábado, diciembre 13, 2025
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Aprueba el Senado Dictamen Modificado que Amplia Plazo de Fuerzas Armadas en las Calles

* Con 87 Votos a Favor, 40 en Contra y Cero Abstenciones.

Se aprobó por mayoría calificada la ampliación del plazo de la labor de las fuerzas armadas hasta 2028 en materia de seguridad pública, se regresa a la cámara de diputados.
La votación fue de 87 votos a favor, 40 en contra y cero abstenciones, solo una senadora no asistió, Claudia Anaya, del PRI.
Después de un muy amplio debate los senadores de Morena, PES, PT y del Verde, así como votos divididos del PRI y del PRD votaron a favor, en contra toda la bancada del PAN, el Grupo Plural, Movimiento Ciudadano algunos del PRI y un senador del PRD.
Para lograr la aprobación se realizaron dos sesiones este martes 4 de octubre, la matutina, en la que se le dio la primera lectura al dictamen y la vespertina en donde se llevó a cabo un muy amplio debate.
Cabe mencionar que los senadores del PRI Miguel Ángel Osorio Chong, Claudia Ruiz Massieu y Beatriz Paredes votaron en contra de la propuesta, mientras nueve priistas si votaron a favor; en tanto dos perredistas Antonio García y Miguel Ángel Mancera votaron a favor.
El documento denominado Modificaciones Decreto del Dictamen de las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Estudios Legislativos Segundo, reformó el artículo Quinto Transitorio del Decreto por el que se reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de Guardia Nacional, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de marzo del 2019.
Señala que, conforme a los términos planteados por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, esa participación deberá ser extraordinaria, regulada, fiscalizada, subordinada y complementaria, de forma tal que las labores de apoyo que la Fuerza Armada preste a las instituciones de seguridad pública solo puedan realizarse en su auxilio o complemento, y se encuentren fundadas y motivadas.
La propuesta advierte que las Fuerzas Armadas permanente realizarán tareas de seguridad pública con su organización y medios, y deberá capacitarse en la doctrina policial civil establecida en el artículo 21 de esta Constitución.

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