viernes, marzo 29, 2024
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Miscelánea Fiscal. Frenan Eliminación de Estímulos Fiscales

 

La Cámara de Diputados aprobó en lo general la miscelánea fiscal para el 2022 con 260 votos a favor y 218 en contra, en donde se consideran nuevas disposiciones para organizaciones de la sociedad civil, jóvenes y productores agropecuarios, por lo que se adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, de la Ley Federal del Impuesto sobre Automóviles Nuevos y del Código Fiscal de la Federación.
Cambios a Deducciones de Impuestos en Nueva Miscelánea Fiscal 2022.
La Miscelánea fiscal 2022 que ya fue aprobada en votación en lo general por el Pleno de la Cámara de Diputados contiene dos importantes cambios en materia de deducciones de impuestos para las personas físicas.
Estas modificaciones están relacionadas con los donativos, planes personales de retiro y aportaciones complementarias de retiro, contenidas en el artículo 151 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR).
En el tema de personas físicas que aplican a estímulos previstos en el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF), el legislador dijo que es con la finalidad de establecer que las personas físicas que opten por permanecer en el RIF hasta agotar los 10 años con reducción del impuesto o aplicar los estímulos previstos en la Ley de Ingreso de la Federación, deberán presentar aviso ante el SAT a más tardar el 31 de enero de 2022. De no hacerlo, la autoridad podrá actualizar la información correspondiente en el Registro Federal de Contribuyentes colocando a dicho contribuyente en el régimen simplificado de confianza.
En cuanto al Ahorro para el Retiro se modificó el artículo 151, quinto párrafo, a efecto de mantener la excepción de la aplicación del límite global de deducción a las aportaciones complementarias realizadas directamente en la subcuenta de aportaciones complementarias de retiro, a las cuentas de planes personales de retiro o a las aportaciones voluntarias realizadas a la subcuenta de aportaciones voluntarias.
Las modificaciones al Código Fiscal de la Federación son a la inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes de los mayores de 18 años, en el artículo 27 apartado A, último párrafo y artículo noveno fracción VI de las disposiciones transitorias.
Ello, con la finalidad de otorgar certeza sobre el tipo de inscripción que se deberá aplicar tratándose de la inscripción de personas físicas mayores de 18 años sin actividades económicas. Se indica que la inscripción se realizará bajo el rubro: inscripción de personas físicas sin actividad económica, dejando claro que tal inscripción no dará lugar a obligaciones fiscal como la declaración o pago de impuestos, así como establecer explícitamente que esta medida no dará lugar a la aplicación de sanciones.
Respecto al límite del monto de las deducciones, se presentan dos cambios relevantes: la cantidad máxima a considerar no podrá exceder de cinco veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), es decir 163 mil 467 pesos, en lugar de salarios mínimos anuales o el equivalente del 15% de ingresos.
El cambio más relevante es considerar dentro de la limitante a las deducciones por donativos efectuados y a las aportaciones voluntarias a planes de retiro.
Quedan excluidos los donativos no onerosos ni remunerativos.
Se estima que por esta medida se vean afectadas más de cinco mil organizaciones de la sociedad civil. Sun

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