viernes, diciembre 27, 2024
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Adeudos Fiscales Crecen 28%, a 2 Billones de Pesos

Los adeudos fiscales de los contribuyentes llegaron a una cifra récord que supera los 2 billones de pesos.
Datos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) revelan que, durante el tercer trimestre de 2023, el monto que deben los contribuyentes al fisco ascendió a 2 billones 168 mil millones de pesos, un aumento de 28% comparado con igual periodo de 2022.
El monto de los adeudos registrados al cierre de septiembre de este año es similar a lo que la SHCP estimó que podría recaudar por el Impuesto Sobre la Renta (ISR) este año, por 2.5 billones de pesos.
Del total, las empresas son las que más adeudos tienen con el Servicio de Administración Tributaria (SAT), por un billón 822 mil 723 millones de pesos, cantidad que aumentó 7%, considerando que en el tercer trimestre de 2022 el monto ascendía a un billón 699 mil 766 millones de pesos.
De ese monto, le corresponden a grandes corporativos y multinacionales 650 mil 435 millones, cuando su deuda era de 527 mil 628 millones de pesos en el tercer trimestre del año pasado, un alza de 23%.
Le siguen los contribuyentes sin actividad empresarial, cuyos adeudos pasaron de 192 mil 176 millones a 222 mil 613 millones de pesos en el periodo referido.
Con actividad empresarial, los contribuyentes tienen cuentas pendientes con el SAT por 122 mil 667 millones de pesos, cuando hace un año tenían pendientes 102 mil 270 millones de pesos.
Por sector económico, los servicios profesionales, científicos y técnicos son los mayores deudores del fisco, con 295 mil 230 millones de pesos, sobre todo de empresas dedicadas a esa actividad.
Les siguen servicios de apoyo a negocios, y el manejo de desechos y servicios de remediación, con 247 mil 761 millones de pesos.
Factibles de cobro
Información de la SHCP con base en datos del SAT muestra que el número de adeudos no controvertidos pasó de 1.7 millones de casos, por un monto de 707 mil 527 millones de pesos, a 1.6 millones, por 851 mil 239 millones de pesos.
Para la autoridad tributaria, se trata de los adeudos bajo control y que fueron aceptados por el contribuyente, al no haberse inconformado mediante algún procedimiento legal, o bien, al haberse inconformado, se desista, se confirme la validez o se deseche y no se admita el medio de defensa.
De esos, son factibles de cobro 1.2 millones de casos por 664 mil 624 millones de pesos, y el resto tiene una baja probabilidad de recuperarse porque son deudores insolventes, no localizados y en comprobación de incobrabilidad.
Hay en controversia en tribunales 182 mil 147 casos de adeudos que involucran 1.3 billones de pesos.
Multas, recargos y actualizaciones
El integrante de la Comisión Técnica Fiscal 2 del Colegio de Contadores Públicos de México (CCPM), Roberto Colín Mosqueda, dijo en entrevista con EL UNIVERSAL que los adeudos crecen por el efecto del tiempo que pasa.
Básicamente, hay tres accesorios en las contribuciones con un crédito fiscal: uno es cuando el fisco finca multas, y otro porque se actualizan y causa recargos que aumentan con el tiempo, explicó.
El otro es por la actualización con base en el Índice Nacional de Precios al Consumidor, ligado a la inflación. También crece el adeudo por recargos a tasa anual que se estipula cada año que se computan de manera mensual, detalló.
Así, cada mes que pasa subirán los montos de los recargos y eso hará crecer el monto del crédito fiscal, subrayó Colín Mosqueda.
Mencionó que, en el caso de que el adeudo esté controvertido, al final del proceso, si pierde el contribuyente deberá pagar actualizaciones, recargos y multas; estas últimas son susceptibles de una reducción en montos, pero no los otros conceptos. Si el contribuyente gana, no pagará nada.
Créditos fiscales
Colín Mosqueda explicó que a los adeudos se les conoce como créditos fiscales que corresponden a lo que deben por concepto de impuestos, y se derivan del inicio de facultades de comprobación de la autoridad que se acerca a un contribuyente y lo revisa.
Otros son de la autodeterminación que hacen los propios contribuyentes, quienes presentan su declaración, pero a veces no pagan los impuestos, y ahí quedan los adeudos, dijo el experto.
Cuando el SAT determina un adeudo, se considera un crédito fiscal firme, es decir, que es definitivo cuando el contribuyente no interpuso ningún medio de defensa.
Pero si no está de acuerdo con el SAT, puede usar el recurso de revocación, juicio de nulidad o amparo, mismos que tienen plazos, dijo. Sun

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