* Si no Pagaría Multa y 2 Años de Cárcel.
Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.- Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 92 de la Constitución del Estado de Chiapas y 256 del Código Nacional de Procedimientos Penales, la Fiscalía General del Estado determinó aplicar un criterio de oportunidad dentro de la Carpeta de Investigación 0230-101-0201-2019 instruida en contra de Jorge Ignacio Maza Bistrain por uso indebido de los servicios de emergencia cometido en agravio de la seguridad pública, informó el fiscal general Jorge Luis Llaven Abarca.
Acompañado por el fiscal de Coordinación, Jordán de Jesús Alegría Orantes; Jorge Segismundo Rotter Díaz, fiscal de Procedimiento Penales; Armado Pérez Narváez, fiscal de Distrito Metropolitano y Ramón Arnulfo Casanova Ozuna, fiscal de Visitaduría, Llaven Abarca señaló que el 23 de Junio de 2019 se realizó una llamada telefónica a los servicios de Emergencia 911, proveniente del número celular de Jorge Ignacio, quien manifestó que en el estadio zoque Víctor Manuel Reyna habían puesto una bomba; debido a dicha alerta, se movilizaron corporaciones que realizaron una búsqueda dentro y fuera del estadio, sin encontrar dicho artefacto.
Ante tales circunstancias, el director del Centro de Cómputo, Comando e Inteligencia C4 denunció los hechos ante la Fiscalía de Distrito Metropolitano, logrando identificar el número y propietario del teléfono celular que realizó dicha llamada, la geolocalización y el itinerario de llamadas del día de los hechos, añadió.
Ante esas circunstancias dijo que se determinó aplicar un criterio de oportunidad al imputado, siempre y cuando se sujetara a un plan de reparación integral de daños, consistente en realizar una disculpa pública y someterse a trabajo a favor de la comunidad.
En ese sentido, Jorge Ignacio Maza Bistraín, originario de esta ciudad capital y mayor de edad, compareció ante los medios de comunicación para ofrecer una disculpa pública a la sociedad chiapaneca, a las instituciones públicas de Gobierno del Estado y a quien pudo resultar afectado por su conducta inapropiada, sometiéndose al criterio de oportunidad dentro de la carpeta de investigación instruida en su contra. Boletín Oficial