viernes, mayo 3, 2024
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Alcaldes Interinos También Pueden Recibir Sanciones Administrativas y Penales

*ESPECIALISTAS EN LA MATERIA AFIRMAN QUE AL TOMAR PROTESTA, ADQUIEREN LAS MISMAS RESPONSABILIDADES DE QUIENES ESTÁN RELEVANDO EN EL CARGO.

TAPACHULA, CHIAPAS 10 DE ENERO DEL 2024.- En la actualidad, hay varios presidentes municipales que acaban de tomar posesión del cargo en la entidad, sin embargo algunos desconocen de procesos administrativos y gubernamentales; por lo que deben de saber que el desconocimiento de la ley o de la norma no los exime de la responsabilidad de cumplirla, sobre todo por el cargo que acaban de adquirir.
En entrevista para rotativo EL ORBE, el Contador Público, Rolfi Manuel Sánchez López
Doctor en Administración Pública, Especialista en Asesoría y Consultoría en el Sector Gubernamental, manifestó que los ediles que acaban de tomar protesta y recibieron su nombramiento por el Congreso del Estado, no deben de olvidar que tiene una gran responsabilidad, y que es darle continuidad a la gestión del gobierno municipal.
En ese sentido, manifestó que de inicio para que exista una mayor transparencia entre el edil entrante (interino) y saliente (con licencia), se debe de dar un proceso de entrega recepción “individual”. No institucional, que es algo diferente.
“Este proceso se tienen que hacer entre el Presidente Municipal que presentó licencia y el Presidente Interino, por una razón fundamental, a partir de que asume la responsabilidad el presidente interino, por supuesto que el tema financiero es un tema central, porque las cuentas bancarias van a tener que cambiar de titular, porque el presidente con licencia ya no va a poder firmar cheques, no va a poder autorizar transferencias, así como el presidente interino tiene que registrar su firma, estoy hablando del tema financiero”, explicó.
De igual forma los nuevos ediles interinos tienen que darle seguimiento a obras en proceso, y es donde ya intervienen en procesos administrativos y operativos.
Recordó que los ediles con licencia participaran en el proceso electoral, pero solo quiénes sean nominados como candidatos, en caso contrario, pueden regresar a su cargo sin problemas.
El Doctor en Administración Pública destacó que el análisis de este tema es muy importante para varios ayuntamientos de la entidad, ya que estamos hablando que el ejercicio fiscal presupuestal del 2024, en varios casos, estaría en manos de presidentes internos, porque no hay que olvidar que la gestión de la administración concluye constitucionalmente en el mes de septiembre del presente año.
Y obviamente cuando vengan las auditorias y las revisiones del ASE y el ASF el año próximo, obviamente serán los ediles interinos los responsables de cualquier observación, de lo que hicieron durante su gestión. Y en algunos casos compartirán responsabilidad con los ediles con licencia.
En ese sentido resumió, que por eso es importante que los presidentes tanto interino, y con licencia, se pongan de acuerdo en tres temas fundamentales; que es: “el financiero, el estado de las obras públicas y los asuntos en trámite”, para evitar caer en omisiones u irregularidades.
“Por eso yo hablaba del ejemplo de una obra compartida, en el que el presidente que pidió licencia aprobó y autorizó el contrato y el interino pago estimación y finiquito. Entonces, se tiene que atender cualquier observación de la auditoria. Ahora si no se atiende, se puede generar una sanción que se puede ir por dos vías, la de carácter penal y administrativa”, advirtió.
De igual forma El Doctor Rolfi Sánchez dio a conocer que hoy en día “La Ley de Responsabilidades Administrativas determina que estos actos, o hechos, que puedan aprobar, autorizar el presidente municipal interino, durante el periodo de seis meses de gestión, va a prescribir hasta dentro de siete años”. Es decir estarán sujetos al llamado o requerimiento de la autoridad competente. //EL QUINTO PODER DE MEXICO.

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