jueves, marzo 28, 2024
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Polígrafo Político

Darinel Zacarías
La Violencia Política y el 2021
“Hay mujeres atadas de manos y pies al olvido. Hay mujeres que huyen perseguidas por su soledad”
Joaquín Sabina

Luego de la aprobación del Consejo General del Instituto Nacional Electoral sobre los Lineamientos para que los partidos políticos nacionales que prevengan, atiendan, sancionen, reparen y erradiquen la violencia política contra las mujeres, parece que se movió fuertemente el pandero.
Entendamos en primera línea que la violencia política en particular es aquella que interfiere en el ejercicio de los derechos políticos de las personas y tiene como objetivo evitar o alterar su libre participación en la toma de decisiones públicas.
Pese a que expertos y doctos en la materia tilden estos lineamientos de populismo electoral, parece que puede contradecir o violentar los derechos políticos que, no se pueden restringir.
Dichos lineamientos incluyen un capítulo que circunscribe contra la violencia, en el cual los partidos políticos están obligados a solicitar a las y los aspirantes a una candidatura firmar un formato, de buena fe y bajo protesta de decir verdad.
Este documento será un picaporte que establecerá que no existen condenas o sanciones por violencia familiar o doméstica; por delitos sexuales, contra la libertad sexual o la intimidad corporal.
Y es que la población femenina destaca como uno de los sectores víctimas de violencia política en México y pese a los distintos mecanismos diseñados para defender su participación, las mujeres siguen encontrando enormes impedimentos para ejercer sus derechos político-electorales.
¿Dónde tuerce el rabo la marrana? habrá que echarse un clavado en las hemerotecas y darle una leída al famoso pacto de Derechos Civiles y Políticos o Pacto de San José de Costa Rica, donde establece la llamada sentencia firme y no caer en actos violatorios.
Dice que todos los ciudadanos gozarán, sin ninguna de las distinciones y sin restricciones indebidas, de los siguientes derechos y oportunidades:
Participar en la dirección de los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes libremente elegidos.
Además de votar y ser elegidos en elecciones periódicas, auténticas, realizadas por sufragio universal e igual y por voto secreto que garantice la libre expresión de la voluntad de los electores.
Así como tener acceso, en condiciones generales de igualdad, a las funciones públicas de su país.
Sin embargo, con estos lineamientos el INE pretende fortalecer el sistema democrático, y evidenciar o dejar fuera de cualquier aspiración a la o las personas que se consideran violentas.
La exigencia va muy enserio, pues será obligación de los partidos políticos dar atención a las víctimas de violencia política contra las mujeres en razón de género, sujetándose a principios como el debido proceso, la dignidad, la debida diligencia, la máxima protección, la imparcialidad, la igualdad y la no discriminación.
Con la aprobación de estos lineamientos se repudia cualquier tipo de violencia en contra de las mujeres y eso se puede aplaudir, en el plano moral suena interesante, pero en el análisis jurídico hay muchas lagunas, que bien podrían desatar inconformidades.
Lineamientos que tienen sustento legal en el Artículo 1° de la Constitución que obliga a las instituciones del Estado a promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de las mujeres, obligación que es también de los partidos políticos.
Sin pretender ser Alexis de Tocqueville, considero que vendrán una serie de impugnaciones, si los partidos abusan de esa disposición, sólo por acciones inherentes a la persona se pueden restringir o condenar, sentenciar.
En Chiapas hay casos de estudio, por ejemplo el de Noé Castañón.
La problemática se va a presentar al interior de los partidos porque serán ellos lo que valorarán la situación, con ello se pueden venir una serie de impugnaciones que irán a terminar al Tribunal Electoral,.
Sin olvidar, que la restricción de derechos políticos puede darse por sentencia firme, como lo establece el derecho internacional.
Mientras tanto todos los suspirantes a cargo de elección popular deberán muy atentos, así como los líderes de los institutos políticos, para poder elegir a sus mejores hombres y mujeres.
PD1: La Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró inconstitucional la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales de Chiapas. Por tanto, seguirá vigente el código anterior. Con ello los alcaldes que pidieron licencia podrán regresar a su cargo y seguir jineteando el jibarito, para solicitar separación nuevamente en el mes de marzo. Sin embargo el mayor llavín es la anuencia del número uno en Chiapas, que no congenia con la reelección. ¿Quién lo va desafiar? La pregunta.
PD2: Todo indica que el Fiscal General Jorge Luis Llaven Abarca presentó ante el Congreso de Chiapas su renuncia al cargo, se espera que luego de su gran desempeño pueda recibir otra encomienda de gran envergadura. Por lo pronto suena fuerte el nombre de un exdelegado del INM para suplirlo, se apellida Alegría.
¿Quién dijo qué tengo sed?

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