*con 340 Votos a Favor y 133 en Contra.
Ciudad de México, 30 de Octubre.-El pleno de la Cámara de Diputados aprobó en lo general la reforma en materia de Supremacía constitucional, para establecer que las reformas a la Carta Magna no pueden ser impugnadas ni suspendidas.
El proyecto quedó avalado por mayoría de 340 votos a favor por parte de las bancadas de Morena, PT y PVEM, 133 sufragios en contra del PRI, PAN y MC, así como una abstención.
Al presentar el proyecto, el diputado de Morena, Leonel Godoy, subió a la tribuna respaldado por sus compañeras y compañeros de bancada. Dijo que la reforma busca proporcionar certeza jurídica y claridad para reafirmar la improcedencia de los medios de control constitucional, acciones de inconstitucionalidad, controversias constitucionales y amparo que tengan por objeto contravenir las adiciones o reformas a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Laura Ballesteros, del partido naranja, dijo que la reforma «es violatoria de la Constitución y de más de 600 recursos jurídicos y legales», y denunció que lo que está detrás de ella no es la supremacía constitucional, sino la «supremacía de Morena».
El diputado del PRI, César Domínguez, aseguró que México va en el camino de convertirse en un Estado autoritario: «No sólo de facto, como ya lo es con la mayoría oficialista, sino autoritario desde la Constitución misma con esta reforma.
Lilia Aguilar, del PT, confrontó a los opositores, y señaló que con la reforma evitarán que la Corte dé un golpe de Estado legal a través de la interpretación de la Constitución; «porque si hoy pueden ellos interpretar la Constitución como lo ha hecho el ministro González Alcántara Carrancá que dice que una parte de la Constitución es inconstitucional y otra parte no, imagínense ustedes el absurdo».
La reforma a los artículos 105 y 107, eleva a rango Constitucional que las reformas a la Carta Magna no pueden ser impugnadas ni suspendidas.
Con ello, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) quedará imposibilitada para admitir a trámite y resolver cualquier acción de inconstitucionalidad, controversia constitucional o amparo en contra de una reforma constitucional que afecte a ciudadanos, como sería el caso de la Reforma Judicial.
Tras su aprobación en lo general, se procedió a su discusión en lo particular. Sun