jueves, julio 17, 2025
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¿Togas o Justicia Constitucional?

José María Soberanes Díez*

Tras la elección de los nuevos integrantes de la Suprema Corte, el debate se ha centrado en detalles llamativos, pero periféricos. A partir de las declaraciones de quienes asumirán próximamente el cargo de ministros, se ha discutido si deben usar o no toga, o si las sesiones del Pleno deberían trasladarse a las plazas públicas en lugar de mantenerse en el recinto institucional de la Corte.
Ese no debería ser el centro del debate. Lo importante no es la indumentaria de las ministras y los ministros ni el lugar desde el que sesionen. Lo relevante es que resuelvan conforme al Derecho. Que protejan los derechos humanos. Que hagan justicia. Si una sentencia es jurídicamente sólida y justa, bien puede dictarse en toga o en bermudas; en la sede oficial o en una plaza pública. La forma nunca debe opacar al fondo.
No niego que los símbolos tienen su lugar. Las togas, las sedes solemnes, el lenguaje jurídico, todo eso ayuda a comunicar la importancia de las decisiones que se toman y a reforzar la autoridad de las instituciones. Pero esos elementos solo tienen sentido si acompañan a una función jurisdiccional eficaz, independiente y constitucionalmente orientada. Cuando no es así, los símbolos se vacían de contenido. La toga sin justicia se vuelve un disfraz; la plaza pública sin razonamiento jurídico se convierte en espectáculo.
Lo que sí debería preocuparnos -y ocuparnos- es cómo funcionará la Corte a partir de ahora. Con la eliminación de las salas, el Pleno será el único órgano deliberativo. Y sabemos que el Pleno, por su tamaño y forma de funcionar, es lento e ineficiente, para una justicia que se quiere pronta y expedita. ¿Cómo garantizarán que los asuntos se resuelvan con oportunidad? ¿Cómo evitarán el rezago y la parálisis? ¿Qué criterios se seguirán para seleccionar los asuntos relevantes y cuáles se enviarán a tribunales colegiados? Esos son los verdaderos temas que merecen nuestra atención.
Me inquieta que, una vez que los nuevos ministros tomen posesión, el debate siga girando en torno a cuestiones anecdóticas. Que en lugar de discutir si una sentencia interpretó correctamente el alcance del derecho a la libertad de expresión o si protegió adecuadamente a grupos vulnerables, hablemos de si los ministros fueron aplaudidos o abucheados en la plaza donde sesionaron. Que, en vez de analizar el razonamiento jurídico, el foco esté en si llevaban toga o no.
No podemos perder de vista la función fundamental de la Suprema Corte: controlar que los actos de autoridad se ajusten a la Constitución, que el Estado de Derecho se materialice. Su papel es vital en una democracia constitucional. La forma importa, sí, pero nunca debe distraernos del fondo. Y el fondo es, siempre, la justicia. Sun
*Investigador de la Universidad Panamericana

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