* De Manera Indefinida.
Ciudad de México, 25 de Abril.- La bancada de Morena y sus aliados aprobaron votar como de «urgente resolución» y con dispensa de trámites, una reforma para garantizar que los títulos de asignación de vías férreas «deben mantenerse siempre en manos del Estado y que debe existir una temporalidad indefinida de éstos».
La iniciativa, que se aprobó por 264 votos por parte de Morena, PT y PVEM, así como 216 sufragios en contra del PRI, PAN, PRD y MC, fue considerada por la oposición como una estrategia para facultar al Ejército la operación del Tren Maya de forma indefinida.
«El gobierno pretende ceder para siempre la administración del tren Maya al Ejército, la militarización no es ni será la solución, y que quede claro, no estamos es contra del ejército ni de la Sedena, al contrario, reconocemos su gran labor, pero este gobierno vulnera su prestigio y menosprecia la labor civil».
El proyecto fue presentado por el diputado morenista Pablo Amílcar, quien solicitó su discusión en el pleno con dispensa de trámites, por considerarse de urgente resolución, propuesta que fue aprobada.
Las bancadas del PAN, PRI y MC interpusieron mociones suspensivas que les fueron negadas.
El diputado José Antonio García García (PAN), señaló que la discusión de la iniciativa violó el procedimiento legislativo, y denunció «albazo»: «La prisa por aprobar esta iniciativa busca otorgar total opacidad para que el gobierno opere y administre el Tren Maya, esta iniciativa traerá un impacto negativo, yo hago un llamado para que se consolide el sistema ferroviario, pero no a través de estas acciones».
El dictamen señala que «el título de asignación a favor de entidades paraestatales tendrá una vigencia indefinida».
Asimismo, que una vez otorgada dicha asignación «no podrá cederse o transferirse bajo ningún título».
Puntualiza que el Ejecutivo estará facultado para otorgar asignaciones, así como determinar que el título de asignación de vías férreas a favor de entidades paraestatales «tendrá una vigencia indefinida».
Finalmente, se define que, en ningún caso, la asignación podrá cederse o transferirse a particulares, y «solo podrá cancelarse cuando se acredite fehacientemente que no existe utilidad o interés públicos, interés general, interés social o de seguridad nacional que lo justifiquen. Sun