martes, febrero 10, 2026
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Prisión Preventiva Oficiosa: un Clavo más al Ataúd

Jorge Nader Kuri

La semana pasada, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) dictó una sentencia que declara al arraigo y a la prisión preventiva oficiosa como incompatibles con la Convención Americana sobre Derechos Humanos. En consecuencia, condena a México a modificar su legislación para derogar el arraigo y que la prisión preventiva sea aplicada caso por caso por la autoridad judicial, de modo que no acabe siendo una privación de libertad arbitraria.
Aunque el Gobierno mexicano ha publicado que analizará la sentencia para determinar la forma de cumplirla, es probable -ojalá me equivoque- que los Poderes Ejecutivo y Legislativo se nieguen a derogar el arraigo y la automatización de la prisión preventiva argumentando que la Corte IDH resolvió un caso suscitado entre los años de 2006 y 2008 y por tanto analizó la legislación que se encontraba entonces vigente, el Código Federal de Procedimientos Penales.
Esta postura pasaría por alto que el arraigo y la prisión preventiva oficiosa son lo mismo desde 2006 y que las razones de la sentencia internacional para declararlas inconvencionales aplican para ambas figuras en su reglamentación de 2006 y en la actual. En cambio, para el Poder Judicial la perspectiva es otra. Al tratarse del órgano máximo de impartición de justicia y, dados los antecedentes sobre el cumplimiento de veredictos internacionales sobre derechos humanos, lo esperable es que todos los tribunales del país obedezcan ya la sentencia.
La sentencia de la Corte IDH es, sin duda, un clavo más al ataúd de la prisión preventiva oficiosa y del arraigo. Pero no el último. Faltan al menos dos. Primero, la inminente sentencia internacional que condenará de nuevo a México en el caso Daniel García y Reyes Alpízar por el uso de la prisión preventiva oficiosa. Y segundo, aunque no sea estrictamente necesario porque la sentencia internacional ya obliga, que nuestra Suprema Corte emita precedente que declare explícitamente que el arraigo nunca más y que la prisión preventiva sí, pero jamás en automático.
Por supuesto, bueno sería que los legisladores, así como en su momento derogaron la pena de muerte, hagan lo mismo con el arraigo y la prisión preventiva automática. Entonces, tendremos un modelo de justicia penal más eficiente y responsable. Sun

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