* Por Instrucciones de la SSA.
Tapachula, Chiapas; 15 de Octubre del 2022.- La Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, a través de la Agencia Federal de Aviación Civil (AFAC), notificó en las últimas horas que, a partir de la fecha, ya no es obligatorio el uso de cubrebocas en los aeropuertos en el país.
En documento remitido a la terminal área de Tapachula, el director general de la AFAC, Carlos Antonio Rodríguez Munguía, hizo remembranza del acuerdo por el que se establecieron acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de marzo de 2020, por el que se ordenó la suspensión inmediata de las actividades no esenciales.
Una vez terminado el periodo de vigencia de las medidas establecidas en ese acuerdo, la Secretaría de Salud en coordinación con la de Economía, así como del Trabajo y Previsión Social, emitieron lineamientos para un regreso ordenado, escalonado y regionalizado a las actividades laborales, económicas y sociales del país;
Por ello, el Comité de Nueva Normalidad, conformado por las Secretarías de Salud, Economía, Trabajo y Previsión Social (STPS), y el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), a través del acuerdo secretarial publicado en el Diario Oficial de la Federación el 7 de octubre de 2022, se actualizó los “Lineamientos para la Continuidad Saludable de las Actividades Económicas ante Covid-19”.
Ahí se establecen las medidas específicas que se deberán implementar en el marco de la estrategia general para la Nueva Normalidad para lograr un retorno o la continuidad de las actividades laborales de manera segura y responsable; dejando sin efectos el “Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos Técnicos Específicos para la Reapertura de las Actividades Económicas”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de mayo de 2020.
El documento instituye -entre otros aspectos-, las pautas para la utilización de cubrebocas en espacios abiertos y cerrados, haciendo énfasis en la búsqueda de la modificación de hábitos que lleven a la reducción de riesgos de contagio entre la población; por lo que sugiere “conservar el uso de cubrebocas en espacios cerrados que no se encuentren ventilados o cuenten con poca ventilación”.
Asimismo que, se consideró que los ambulatorios y salas de última espera en las instalaciones aeroportuarias constituyen espacios amplios y suficientemente ventilados, en tanto que las aeronaves utilizan un sistema de filtración de alta eficiencia (HEPA) que elimina el 99.9 por ciento de macropartículas, bacterias y virus.
Por ello «a partir de esta fecha y hasta en tanto las autoridades sanitarias no modifiquen los protocolos sanitarios inherentes al uso de cubrebocas, se informa que para las instalaciones aeroportuarias y en las cabinas de pasajeros de las aeronaves, el uso del cubrebocas no será obligatorio».
Sin embargo, aclaró, los concesionarios y permisionarios del transporte aéreo de servicio al público y aeroportuarios, para los casos en que se detecte en alguna persona o grupo con algún síntoma relacionado con la pandemia o síntomas de enfermedades respiratorias, deberán recomendar el uso de cubrebocas.
La medida sería para prevenir cualquier infección o contagio hacia otras personas, y tener siempre disponible una cantidad suficiente de mascarillas para que se proporcionen y utilicen en caso de ser necesario. EL ORBE / Ildefonso Ochoa Argüello