domingo, diciembre 22, 2024
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PROFECO Aumentará Montos de Multas en 2020

Ciudad de México. Las multas que la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) impondrá en 2020 a empresas o proveedores de bienes y servicios que violen la ley aumentarán entre 2.6 y 2.9 por ciento respecto a las establecidas para este año, por lo que oscilarán desde 280.98 pesos hasta 9 millones 441 mil pesos.
Sin embargo, para la Profeco sólo serán procedentes las quejas o reclamaciones de personas físicas o morales por la venta de un producto o la contratación de un servicio “cuyo monto no exceda los 561 mil 970.57 pesos”. La cifra es mayor en 16 mil 232.95 pesos o 2.97 por ciento más respecto al límite fijado en 2019, según el artículo 99 de la Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC).
La sanción más baja de 280.98 pesos — apenas un aumento de 8 pesos que la actual – es cuando la dependencia inmoviliza u ordena a algún negocio que retire de la venta determinados productos por considerar que puede afectar la vida, salud, seguridad o economía de los consumidores.
En cambio, la multa más elevada – 9 millones 441 mil 105.57 pesos, un alza anual de 272 mil 113.57 pesos– está determinada en el artículo 133 de la LFPC que indica que ningún caso sera sancionado en dos o más ocasiones, “excepto en el caso de reincidencia o cuando se afecten derechos de la infancia, adultos mayores, personas con discapacidad e indígenas”.
También contempla que cuando en un mismo hecho u omisión se cometen varias infracciones, el total de éstas no debe rebasar la cifra mencionada. Tal multa siempre ha sido la más alta en la Profeco y en los últimos 15 años se ha incrementado 76 por ciento, ya que en 2006 se fijó en 5 millones 366 mil 717.39 pesos, lo que significa que cada año ha aumentado 27 mil 162 pesos, en promedio.
Casas de empeño
Enseguida se ubican las sanciones que van desde 168 mil 591.18 pesos hasta 4 millones 720 mil 552 pesos sobre “casos particularmente graves” y que incluyen la clausura total o parcial del establecimiento hasta por 90 días.
Aplica para las casas de empeño que no estén inscritas en el registro correspondiente de la Profeco o cuando estos negocios incluyan entre sus socios, administradores, directivo o representantes a gente que haya sido condenada por delitos patrimoniales, financieros o de delincuencia organizada, lo que además ameritará la cancelación definitiva del registro del negocio.
Cuando las empresas no cuenten con un contrato de adhesión registrado ante la Profeco y tampoco informen sobre las condiciones para comprar al contado o a crédito o bien las casas de empeño incumplan con garantizar las restitución de la prenda empeñada por los ignorantes , las sanciones van de 807.27 pesos a 3 millones 157 mil 358.71 pesos.
Otras multas por violar derechos de consumidores
En total, la Profeco establece 11 multas de diferente monto diferentes, detalladas en 6 artículos de la LFPC – 25, 126, 127, 128, 128 bis y 133–, de los cuales en 5 se establecen montos máximos y mínimos.
En el artículo 25, referido a las medidas de apercibimiento que puede imponer a los proveedores la multa mínima es de 280.98 pesos y la máxima de diez veces más, es decir de 28 mil 98.52 pesos. Si persista la infracción, la dependencia puede imponer nuevas multas por 11 mil 239.41 pesos cada día que transcurra y hasta por 180 días como máximo.
Cuando los proveedores o empresas hagan un cargo a la tarjeta de crédito o débito del consumidor antes de entregarle un producto o servicio y sin que éste lo haya autorizado, o bien si utilizan sus datos personales con fines publicitarios sin notificárselo, la multa máxima a la que pueden hacerse acreedores es de 899 mil 152.91 pesos.
En caso de que los negocios no exhiban públicamente los precios de sus productos o servicios, se nieguen a ser verificados por la Profeco, envíen publicidad al domicilio o correo electrónico de los consumidores sin su consentimiento, difundan publicidad engañosa, incumplan con una garantía, ofertas o los términos establecidos para el pago de intereses en las compras a crédito por plazos, entre otras violaciones, la multa mínima es de 561.97 pesos y la máxima de un millón 798 mil 305.81 pesos. AGENCIAS

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