jueves, marzo 28, 2024
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El Abuso de Gertz Manero Contra dos Mujeres

Ricardo Raphael

En conversación telefónica celebrada el viernes 11 de Junio de este año, Alejandro Gertz Manero me dijo que su conciencia lo obligaba a conseguir justicia para su hermano Federico y también que ser Fiscal no tenía por qué convertirse en un obstáculo para lograrlo.
“¿Debe el fiscal general de la República renunciar a sus derechos por haber aceptado este importante puesto?”, me interrogó tajantemente.
El pasado lunes 8 de Noviembre las consecuencias de esta convicción llevaron a que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) atrajera el caso del supuesto homicidio de Federico Gertz Manero a manos, afirma el actual fiscal, de la mujer con quien el occiso vivió más de 50 años, Laura Morán Servín, y de su hija, Alejandra Cuevas Morán. Actualmente la primera tiene 94 y la segunda, 63 años.
Lo que en concreto atrajo el pleno de la Corte son dos amparos en revisión (176/2021 y 177/2021) solicitados en contra del auto que el año pasado, entre otras circunstancias, impuso prisión preventiva para Alejandra Cuevas dentro del reclusorio de Santa Marta Acatitla.
Si la SCJN no estaba obligada a hacerlo, ¿por qué el pleno de Ministras y Ministros optó por atraer, estudiar y pronunciarse sobre estos amparos?
Alejandra Cuevas pidió que se revise el auto de formal prisión emitido en 2020, razonando que el proceso en su contra podía seguirse mientras ella permanece en su domicilio. Coincide en el tiempo este hecho con que el presidente de la SCJN, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, haya decidido dar una batalla frontal contra esta medida cautelar -la prisión preventiva-, la cual ha descalificado públicamente como “una condena sin sentencia”.
En reiteradas ocasiones el Ministro Presidente ha subrayado que encarcelar a las personas mientras se lleva a cabo el proceso penal debería ser una medida de excepción y no un acto de rutina, tal como ahora ocurre en el sistema mexicano de justicia.
Otro argumento que explicaría el interés de la Corte a propósito de este caso es que el Fiscal General de la República esté personalmente implicado en la denuncia enderezada contra las señoras Morán y Cuevas.
Si bien Gertz ofrece un argumento en apariencia robusto, al decir que su nombramiento como Fiscal no debería implicar una limitación a sus derechos como ciudadano, cabe preguntarse si al abrazar su conciencia y litigar las denuncias contra la compañera de vida de su hermano y la hija de su cuñada, Gertz no desbalancea el sistema en favor suyo y en contra de las acusadas.
Suma pertinencia al hecho que, en un primer momento, hayan sido desechadas las denuncias presentadas por Alejandro Gertz, cuando éste era un ciudadano común, en contra de las presuntas asesinas de su hermano. También que no fue hasta 2019, cuando recibió el nombramiento como Fiscal, que el caso resucitó al punto en que un Juez dictó las respectivas órdenes de aprehensión.
En efecto, mientras en 2015 y 2016 dos Ministerios Públicos distintos no encontraron argumentos para perseguir a Morán y a Cuevas, en 2019 algo sustantivo se modificó respecto de las denuncias presentadas por Gertz.
Ese hecho novedoso -parteaguas del caso- no habría sido otro que el encumbramiento del denunciante como el hombre más poderoso del país en la persecución de criminales.
¿Cómo no dudar de la asimetría entre las partes de este litigio si a todas luces de un lado hay dos mujeres sin privilegio ni poder y del otro un varón cuyas facultades han probado ser prácticamente ilimitadas?
¿De qué se les Acusa Entonces?
El actual Fiscal General las denunció por no haber llevado a su hermano al hospital cuando, a su parecer, su salud así lo ameritaba. Es decir, que lo habría matado la actitud negligente de Laura, que entonces tenía 88 años, y de su hija Alejandra, quien jamás vivió con ellos.
Hay también testimonios que ubican a las hijas de Alejandro Gertz dentro de la casa de su tío, como corresponsables de cuidar su salud. En cambio, no hay ninguna prueba para afirmar que Alejandra Cuevas se haya hecho cargo del enfermo, es decir que, a diferencia de las sobrinas directas, no era garante en modo alguno de la salud de Federico.
Todo esto está narrado en el expediente judicial que habrá de revisar la SCJN. Muy probablemente, después de hacerlo, las y los Ministros van a concluir que ni Laura Cuevas ni Alejandra Morán, por motivos distintos, podían ser consideradas garantes únicas de la salud de Federico y, por tanto, no es posible acusarlas de homicidio, como desde hace seis años pretende el fiscal Gertz.
Si así ocurre, habrá de corroborarse no sólo el conflicto de interés que ha privado en este caso, sino también la asimetría y el abuso de poder. Apro

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