Lilia Aguilar Gil
Todos los días hay una ocurrencia del gobierno estadounidense que se alinea a su política antimigratoria y antiderechos humanos. La nueva es la doble tributación que quieren imponer a las y los migrantes a través de las remesas que envían a sus familias, como si no pagaran impuestos en aquel país.
Ante lo que a todas luces es una injusticia, el Estado mexicano debe hacer un frente común que abra un diálogo entre ambas naciones y desistan de esta acción.
Como era de esperarse, las políticas económicas de Trump están llevando a Estados Unidos a una crisis que podría ahondar más, los mercados internacionales resienten cada anuncio y decreto, porque en el fondo, la amenaza de los aranceles no solo perjudica a sus socios comerciales, también encarece los productos y las mercancías que se distribuyen libremente gracias a tratados comerciales.
En lugar de enmendar sus políticas, promueven injusticias como esta, contra las y los migrantes, esos que contribuyen con el 8% de su PIB.
Las personas migrantes, los aproximadamente 12 millones de migrantes mexicanos que viven en Estados Unidos, pagan renta, agua, luz, gas, transporte, comida, ropa… vaya, pagan impuestos como cualquier ciudadano de aquel país, es más, gastan el 87% de su salario para mantenerse allá y solo destinan el 17% a sus familias, porque no se puede obviar que la vida allá es cara.
Para 2024, México recibió 64 mil 745 millones de Dólares en remesas, y se registraron 13.7 millones de transacciones para el envío de remesas con un promedio de 393 Dólares. Estamos hablando de que la mayor parte de los recursos de las y los migrantes se queda allá, contribuyendo a que aquella economía siga funcionando.
También se debe considerar que, al ser gravadas las remesas, los migrantes acudirán a otros medios para hacer llegar el dinero a México y sus familias, dejando de lado las instituciones bancarias convencionales, lo cual no es poca cosa pues el 99.1% llegan por medio de transferencias electrónicas y sólo el 0.7% en efectivo y especie.
La expulsión de personas migrantes a Estados Unidos no es de ahora, tenemos una larga historia de migración con esta nación. Por décadas el sueño americano ha atraído a migrantes, pero más recientemente, unas dos o tres décadas, la migración obedece más a buscar oportunidades que gobiernos del PRI y del PAN les negaron y a la inseguridad desatada en el sexenio de Calderón.Sun
En esto consiste el convenio México-EU para evitar
la doble imposición e impedir la evasión fiscal.
El convenio se firmó el 18 de septiembre de 1992 en Washington y entró en vigor desde 1994.
«A los efectos de este convenio, la expresión `residente de un Estado Contratante´ significa toda persona que en virtud de la legislación de este Estado esté sujeta a una imposición en él, por razón de su domicilio, residencia, sede de dirección, lugar de constitución o cualquier otro criterio de naturaleza análoga. Sin embargo, esta expresión no incluye a las personas que estén sujetas a imposición en este Estado exclusivamente por la renta que obtengan procedente de fuentes situadas en el citado estado», refiere.
El artículo 25 garantiza un trato fiscal no discriminatorio: «Los nacionales de un Estado Contratante no serán sometidos, en el otro Estado Contratante, a ningún impuesto u obligación relativa al mismo que no se exija o que sea más gravoso que aquellos a los que están o puedan estar sometidos los nacionales de este otro Estado, que se encuentren en las mismas condiciones».
«En México y en Estados Unidos, un mexicano o un estadounidense no pueden ser gravados por la misma actividad económica, de manera distinta», precisó Velasco.
Explicó que lo que se está haciendo en la Cámara de Representantes de Estados Unidos impacta a la esfera del Derecho Internacional que los dos países convinieron.
«En realidad es un gravamen que recae directamente sobre la renta disponible de los migrantes, pues no grava el acto de consumo, producción o transferencia de bienes, sino la utilización de ingresos personales ya generados y sujetos a imposición en ese país», se expuso.
Al aplicarse únicamente a personas que no pueden acreditar ciudadanía o residencia permanente, la medida resulta discriminatoria y contraria al principio de trato no discriminatorio establecido en el convenio.Sun