jueves, diciembre 26, 2024
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Uber, Rappi y Airbnb dan al Fisco 271 Mdp en 2020

El pago de impuestos de choferes de transporte privado, repartidores de comida y renta de alojamiento, entre otros servicios contratados vía plataformas digitales aumentó 2.8% durante 2020.
Se espera que esta recaudación siga en incremento ante la mayor demanda, sobre todo en tiempo de la pandemia y con la nueva modalidad del trabajo y la educación a distancia, de acuerdo con fiscalistas.
Durante 2020, los ingresos tributarios captados por este concepto, que pertenece a la economía digital, ascendieron a 270.6 millones de pesos.
Los datos del Informe Tributario y de Gestión muestran que las personas físicas con actividades empresariales con ingresos a través de plataformas tecnológicas pagaron 2.8% más impuestos con relación a 254.5 millones de pesos que se reportaron en 2019.
Estas cifras son las primeras que se dan a conocer tras actualizarse la legislación fiscal para incorporar estas actividades a la tributación el año pasado.
El integrante de la Comisión de Auditoría Fiscal del Colegio de Contadores Públicos, Guillermo Mendieta, dijo a EL UNIVERSAL que el fisco espera una recaudación importante en este rubro y más ahora que todo lo estamos haciendo vía virtual.
Explicó que desde junio de 2020, los que dan ese tipo de servicios están obligados a cobrar el IVA y pagar sus impuestos por los ingresos obtenidos, así como las empresas nacionales y extranjeras que sean intermediarios tienen que hacer la retención de gravámenes, como es el caso de Amazon y Mercado Libre.
Los que se dedican a estas actividades, así como las empresas nacionales y extranjeras sin establecimiento permanente en México, tienen que estar dadas de alta ante el SAT, mencionó.
Tanto empresas como personas físicas deben cumplir con sus obligaciones fiscales como cualquier otro contribuyente.
Por ejemplo, mencionó, si se hizo la venta en enero, a partir del 17 de febrero tendrían que haber presentado la retención del primer mes de 2021.
Esquema Fiscal.
El año pasado, los que prestaron el servicio de transporte terrestre de pasajeros y entrega de bienes pagaron una tasa del Impuesto Sobre la Renta (ISR) de entre 2% y 8% dependiendo de sus ingresos mensuales.
Los que se dedican a la prestación de servicios por hospedaje pagaron un gravamen de entre 2% y 10%; en tanto que los de venta de bienes y prestación de servicios pagaron entre 0.4% y 5.4% de sus ingresos. A partir de 2021, el Congreso de la Unión aprobó cambios para sustituir esta tabla de retención por una tasa única para cada actividad.
Para los que se dedican al transporte privado y entrega de alimentos la nueva tasa del ISR es de 2.10%; en servicios de hospedaje, 4%, y para venta de bienes y prestación de servicios, 1%.
Además, para las plataformas que presten servicios por medio de un intermediario se aprobaron nuevas reglas. Todas deberán registrarse al fisco.
En el listado de prestadores de servicios digitales inscritos al Registro Federal de Contribuyentes, el SAT reportó un total de 70 empresas al cierre de 2020.
De no contar con el RFC o incumplir con el pago de impuestos, las autoridades fiscales pueden ordenar el bloqueo temporal de la señal para conexión a internet de estas empresas. Sun

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