El Senado aprobó por unanimidad la reforma constitucional en materia de seguridad.
Daniel Cabeza de Vaca Hernández
En noviembre de 2024, la presidenta Claudia Sheinbaum presentó una reforma al artículo 21 de la Constitución para otorgar a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC) mayores facultades de investigación delictiva, en coordinación con la Fiscalía General de la República.
La reforma pretende que la SSPC coordine el Sistema Nacional de Inteligencia en Seguridad Pública y lidere acciones conjuntas entre los tres órdenes de gobierno. Inspirada en el modelo estadounidense, que ha sido eficaz mediante la vigilancia electrónica, operaciones encubiertas y supervisión judicial, esta reforma podría ser valiosa para mejorar las investigaciones en México.
En Estados Unidos, las policías investigan delitos desde la recepción de denuncias hasta la recolección de pruebas. La recepción de denuncias permite identificar patrones de criminalidad y responder con rapidez. En casos de flagrancia, las policías pueden actuar de inmediato, deteniendo sospechosos y preservando la escena del crimen.
Las policías disponen de herramientas para recolectar evidencia, como pruebas físicas y declaraciones de testigos, respetando los derechos Miranda, que garantizan el derecho a no autoincriminarse y a contar con asistencia legal. La evidencia forense, como el análisis de ADN y las pruebas balísticas, es clave para vincular a los sospechosos con los delitos.
Para delitos complejos, como el crimen organizado, las policías recurren a vigilancia electrónica y operaciones encubiertas, siempre bajo regulación estricta para respetar los derechos constitucionales. La interceptación de comunicaciones requiere órdenes judiciales, y las operaciones encubiertas deben ser autorizadas por las autoridades competentes.
La detención de sospechosos está limitada por el principio de causa probable, consagrado en la Constitución de los Estados Unidos. Las detenciones deben justificarse con evidencia razonable y, en casos de flagrancia, ser validadas ante los tribunales para garantizar el respeto a los derechos del detenido.
Las fiscalías supervisan la legalidad de la evidencia y colaboran con las policías desde las primeras etapas para garantizar el cumplimiento de los estándares legales.
Uno de los límites del modelo estadounidense es la inadmisibilidad de pruebas obtenidas ilegalmente. Las violaciones a los derechos de los sospechosos, pueden resultar en la exclusión de las pruebas.
Todo acto intrusivo que afecte derechos fundamentales, como registros o intervenciones en comunicaciones, debe ser supervisado por las fiscalías y autorizado por una autoridad judicial. Esta supervisión asegura que las acciones sean proporcionales y respetuosas de los derechos individuales.
La colaboración entre policías y fiscalías, con roles claramente definidos y una supervisión constante, podría mejorar la efectividad y la transparencia del sistema de justicia penal en México. Sin embargo, el principal desafío es que la vocación de la Guardia Nacional no está orientada a la investigación de delitos, la SSPC carece de elementos capacitados y las policías estatales enfrentan graves deficiencias.
Mayor supervisión judicial y mejor capacitación en la recolección de pruebas ayudarían a enfrentar los sesgos estructurales y mejorar la calidad de las investigaciones, asegurando la legitimidad del sistema de justicia penal y fomentando la confianza de la sociedad. Sun