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Yeraldine Bonilla, Gobernadora Interina de Sinaloa; Rubén Rocha Pierde Inmunidad, Puede ser Procesado

*- Tras Asumir Como Gobernadora, Yeraldine Bonilla Afirmó que Colaborará Para Facilitar la Investigación de la FGR
*- Autoridades Federales Inician Investigaciones Hacia Rubén Rocha por Señalamientos de EEUU de Nexos con el Narco

*EL CONGRESO DE SINALOA AUTORIZÓ QUE LA SECRETARIA DE GOBIERNO ASUMA EL CARGO DE MANERA INTERINA, TRAS LA LICENCIA SOLICITADA POR ROCHA MOYA.

Culiacán, Sin.;2 de Mayo.- Yeraldine Bonilla Valverde, fue designada como gobernadora interina de Sinaloa, por el Congreso del Estado, en sustitución de Rubén Rocha Moya.
El pleno dominado por Morena, Bonilla Valverde, quien se venía desempeñando como secretaria de Gobierno, se convirtió en la primera mujer gobernadora de la convulsionada entidad.
Irma Moreno, diputada del PAN, afirmó que la separación del cargo de Rocha Moya llegó tarde ante la crisis que vive Sinaloa, la cual, dijo, no se resolverá nombrando a alguien del mismo partido político.
“Nombrar a alguien del mismo grupo no resuelve la crisis, la agrava”, sentenció la panista.

La funcionaria designada se venía desempeñando como Secretaria de Gobierno de la entidad.
Rocha Moya pierde Inmunidad tras Pedir Licencia
Después de que el gobernador de Sinaloa, Rubén Rocha Moya, pidió licencia temporal a su cargo para permitir que la Fiscalía General de la República (FGR) realicé las investigaciones necesarias contra él por presunto narcotráfico y tráfico de armas de fuego, comenzó un debate en redes sociales acerca de si aún contaba o no con fuero constitucional.
Para aclarar esta duda, EL UNIVERSAL charló con los abogados José Mario de la Garza, Melissa Ayala García y Walter Piñeiro Bertello, quienes coincidieron en que podría ser una simulación para el ejercicio de la acción penal.
Rocha Moya, sin fuero
Para el jurista José Mario de la Garza, a partir de antecedentes de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de 2014 y 2017, los artículos 111 y 112 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y el otorgamiento de su licencia por el Congreso sinaloense, el mandatario estatal ya no cuenta con la inmunidad del fuero.
«La Suprema Corte, en algunos precedentes aislados, lo que ha dicho es que la aprobación de una licencia implica el levantamiento de la inmunidad procesal (fuero constitucional) justamente porque la persona ya no está desempeñando el cargo público. Por lo tanto, la FGR podría ejercer acción penal en contra de Rocha Moya», explicó.
El abogado por la Escuela Libre de Derecho diferenció entre el fuero federal y local, porque se somete al procedimiento de declaración de procedencia, o sea desafuero, por la Cámara de Diputados a los funcionarios locales acusados de crímenes federales, como el caso de Rocha Moya.
«Está acusado de crimen organizado, delitos contra la salud, tráfico de drogas, posesión de armas exclusivas del ejército, entre otros. Entonces es un funcionario público local acusado de delitos federales que tiene que ser sometido al procedimiento de declaración de procedencia por la Cámara de Diputados», detalló.
Agregó que en caso de que hubiera sido acusado de crímenes locales, al que recaería dicha procedencia sería al Congreso de Sinaloa. El artículo 111 constitucional establece que para proceder de forma penal contra un servidor público por la presunta comisión de algún delito mientras desempeñaba su cargo, la Cámara de Diputados deberá aprobar esto con la mayoría absoluta.
«Si la resolución de la Cámara fuese negativa se suspenderá todo procedimiento ulterior, pero ello no será obstáculo para que la imputación por la comisión del delito continúe su curso cuando el inculpado haya concluido el ejercicio de su encargo, pues la misma no prejuzga los fundamentos de la imputación. Si la Cámara declara que ha lugar a proceder, el sujeto quedará a disposición de las autoridades competentes para que actúen con arreglo a la ley», se lee en dicho artículo.
A De la Garza se le planteó el escenario en el que Rubén Rocha Moya no hubiese solicitado licencia como gobernador y si considera que la Cámara de Diputados, donde Morena y sus aliados, PT y el Verde son mayoría, aprobaría su desafuero. «Evidentemente no. Pertenece al partido mayoritario en el poder y que es cercanísimo al expresidente Andrés Manuel López Obrador».
Consideró que luego de la acusación del Departamento de Justicia estadounidense contra Rocha Moya; el alcalde de Culiacán, Juan de Dios Gámez Mendivíl y el senador Enrique Inzunza así como otros 7 exfuncionarios, es un momento complejo para el gobierno mexicano, pero «tienen la oportunidad de demostrarle al pueblo de México que lo que dicen en su discurso se materializa en la realidad».
«Una acusación tan grave como la de Rocha Moya y el senador Inzunza tiene que ser procesada por la Fiscalía e informarse con total transparencia; no es nueva. No podemos permitir que un narcogobierno o narcopolíticos se inmiscuyan en la administración de las entidades», aseveró.
Licencia al cargo, «simulación de rendición de cuentas»
De acuerdo con el abogado Walter Piñeiro Bertello, quien además es analista geopolítico enfocado en Europa, Rusia y Medio Oriente, el acto de pedir licencia es una «simulación de rendición de cuentas», pues el fuero está ligado a la titularidad del cargo y no al ejercicio de sus funciones.
«En lo relativo a la licencia del gobernador Rocha Moya, la realidad es que el pedir licencia es una simulación de rendición de cuentas porque la inmunidad procesal (el fuero) está ligada a la titularidad del cargo y no al ejercicio de sus funciones. Al no existir una renuncia que rompa el vínculo jurídico con la gubernatura, el gobernador mantiene intacta la protección del artículo 111 constitucional, lo que genera un obstáculo insuperable para cualquier juez que pretenda emitir una orden de aprehensión», considera.
En otras palabras, el mandatario sinaloense sin esa renuncia o un proceso de desafuero formal, «sigue siendo jurídicamente intocable», lo que le permite «evadir la acción bajo un discurso de transparencia» y también le permite tener un «blindaje» contra la extradición.
«Esta protección se extiende incluso al ámbito internacional, convirtiendo la licencia en un blindaje total contra la extradición. Conforme a la Ley de Extradición Internacional, aunque un Estado extranjero presente una orden de aprehensión el procedimiento se bloquea en México debido a que el Artículo 21 de dicha ley exige que un Juez de Distrito ordene la detención del reclamado para hacer cumplir la petición, acto que es constitucionalmente imposible mientras persista el fuero. En términos estrictamente legales, mientras no haya renuncia, Rocha Moya sigue gozando de inmunidad», compartió.
El también director de Asuntos Internacionales y Nuevos Proyectos en APT Abogados concluyó que la licencia y su separación del cargo se transforma en una «simple pausa táctica para ganar tiempo y salir del foco», esto, en busca de tener la seguridad de que «la justicia no puede tocarlo por ahora».
Al igual que Piñeiro Bertello, Melissa Ayala García considera la licencia del gobernador de Sinaloa como una simulación, ya que cuando él deseé regresar a dicho cargo, regresa la inmunidad procesal. «Por lo tanto es que se dice que se debe hacer el proceso del desafuero». SUN

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